Prórroga de ciertas obligaciones de las emisoras de valores listados en bolsa, en relación con la Declaratoria de Emergencia por Fuerza Mayor realizada por el Consejo de Salubridad General de México
Por: Nader, Hayaux & Goebel
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Prórroga de ciertas obligaciones de las emisoras de valores listados en bolsa, en relación con la Declaratoria de Emergencia por Fuerza Mayor realizada por el Consejo de Salubridad General de México
Como consecuencia de la contingencia sanitaria derivada del coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19), declarada como emergencia sanitaria de fuerza mayor por el Consejo de Salubridad General, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”) emitió con fecha 9 de abril de 2020 un comunicado mediante el cual otorga una prórroga a los plazos de ciertas obligaciones periódicas de presentación de información a cargo de las emisoras, tales como los reportes trimestrales y anuales (el “Comunicado”).
Las principales prórrogas otorgadas son las siguientes:
1. La fecha límite para presentar la siguiente información se extiende al 3 de julio de 2020:
- Carta a los consejeros y directivos relevantes solicitando información sobre sus acciones;
- Carta a las casas de bolsa solicitando listado de accionistas que representen;
- Reporte anual (incluyendo el consentimiento del auditor externo para incluir en dicho reporte el informe de auditoría); e
- Información trimestral.
2. La fecha límite para presentar la siguiente información se extiende al 8 de julio de 2020:
- Informes de los comités de auditoría y prácticas societarias;
- Informe del director general;
- Informe del consejo de administración;
- Informe del secretario del consejo de administración sobre el estado de actualización de los libros corporativos;
- Estados financieros auditados;
- Cartas de independencia del auditor externo; e
- Informes y declaraciones del auditor externo.
3, La fecha límite para presentar la siguiente información se extiende al 1 de septiembre de 2020:
- Para el caso de fondos de fondos: (a) reporte anual (incluyendo el consentimiento del auditor externo para incluir en dicho reporte el informe de auditoría); (b) estados financieros auditados; (c) cartas de independencia del auditor externo; y (d) informes y declaraciones del auditor externo; e
- Informe sobre los siguientes accionistas: (a) consejeros y directivos relevantes con al menos 1% del capital social; (b) accionistas con 5% o más del capital social; y (c) 10 principales accionistas.
Podrá encontrar el texto completo del Comunicado aquí.
La CNBV no prorrogó la obligación de celebrar la asamblea anual en o antes del 30 de abril de las emisoras conforme lo establece la legislación aplicable, e inclusive manifestó que considera que la celebración de asambleas (que son de naturaleza presencial de conformidad con la legislación aplicable), a través de medios virtuales o remotos, “generaría el riesgo de que, eventualmente, pudiera ser atacada la validez” de las mismas. Dicha consecuencia fue analizada en nuestro de fecha 8 de abril de 2020. El texto completo de nuestro Newsletter y las opciones que ahí detallamos para las emisoras de valores listados en bolsa en el caso de asambleas, favor de dar click aquí.
Para mayor información en relación con lo anterior, por favor contacte a Michell Nader S. ([email protected]); Ana Paula Telleria R. ([email protected]); Jorge Bojalil O. ([email protected]) o a cualquiera de sus contactos habituales en Nader, Hayaux & Goebel.
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