Facilita la CONAGUA la recuperación de derechos vencidos
A partir del 28 de octubre, fecha en la que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para regularizar los títulos de concesión y asignación otorgados a los usuarios de aguas nacionales que se indican (el “Decreto”) y durante los siguientes seis meses, aquellas concesiones de aguas nacionales para usos doméstico, agrícola, pecuario, de acuacultura, y asignaciones para uso público urbano, cuya vigencia hubiesen expirado entre el 1 de octubre de 2017 y el 1 de marzo de 2025, podrán ser renovadas, a pesar de no haber sido prorrogadas conforme a los plazos de ley (la “Regularización”), siempre y cuando se cumplan con los siguientes criterios de elegibilidad:
Calidad del solicitante. El solicitante debe reunir el criterio de titularidad de la concesión o asignación correspondiente, o de causahabiencia por sucesión. Si el titular de la concesión falleció, los títulos pueden ser objeto de Regularización siempre que se acrediten derechos sucesorios.
Continuidad. Debe existir continuidad en el ejercicio de los derechos de explotación, uso y/o aprovechamiento de aguas nacionales durante los últimos dos años, acreditando además que las obras de extracción se encuentran debidamente equipadas para su operación.
Derechos inmobiliarios. El solicitante deberá acreditar la propiedad o la posesión de los predios en los que se ubiquen las obras de extracción.
Umbral volumétrico. Para el caso de concesiones, los títulos no deben exceder de 500,000 m3 anuales. En el caso de asignaciones en favor de entidades federativas o municipios la Regularización aplica a todos los títulos sin límite en el volumen.
Existencia de antecedentes registrales. Los títulos deberán contar con asiento registral o antecedente en el Registro Público de Derechos de Agua.
Oportunidad. La adhesión al Decreto deberá hacerse entre el 28 de octubre de 2025 y el 28 de abril de 2026. Las solicitudes de Regularización presentadas fuera de este plazo serán improcedentes.
La Regularización será improcedente en aquellos casos claramente establecidos en el Decreto.
Los títulos que se regularicen mediante la adhesión al Decreto no podrán ser objeto de un cambio en el uso de agua. En la resolución se tomará en cuenta la disponibilidad del recurso según los Acuerdos publicados en el DOF.
En Nader, Hayaux & Goebel contamos con un equipo de abogados especializados en derecho administrativo y recursos hídricos que puede responder a sus dudas o inquietudes sobre el Decreto, así como brindar el acompañamiento legal necesario para regularizar su título.
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CONAGUA enables recovery of expired water rights
As of October 28th, when the Decree establishing administrative simplification measures for the regularization of concession and allocation titles granted to listed national water users (the “Decree”) was published in the Official Gazette of the Federation (“DOF”), and throughout the following semester, waters concession titles allocated for domestic, agricultural, livestock, and aquaculture use, as well as water right titles granted for urban public use, whose term expired between October 1, 2017 and March 1, 2025 can be renewed, despite not been extended in due time pursuant to applicable legal provisions (the “Regularization”), provided the following eligibility criteria is met:
Legal standing. Petitioners must be holders of title of water rights or legal successors thereof. If the concession titleholder is deceased, but succession rights can be accredited, the water rights titles can be subject to renewal.
Continuity in the exercise of the exploitation, use, or harness of water rights for the past two years. Additionally, the petitioner must demonstrate that the extraction points are properly equipped for their operation.
Real estate rights. Petitioners must prove ownership or possession of the property on which the extraction point is located.
Volume threshold. Concession titles shall not exceed 500,000 m3 per year. For water allocations in favor of states or municipalities, all titles are eligible of Regularization without any volume limitation.
Previous registration history. The titles shall be registered or hold a record in the Public Registry for Water Rights.
Timeliness. Adherence to the Decree shall occur between October 28, 2025, and April 28, 2026. Any petition for Regularization filed outside said timeframe will be inadmissible.
Regularization will be rejected in those cases clearly outlined in the Decree.
Regularized titles as per the Decree cannot be subject to water use changes. The Regularization resolution will take into consideration the availability of the resource in accordance with the applicable legal instruments published in the DOF.
At Nader, Hayaux & Goebel, we have a team of lawyers that specialize in administrative law and water resources who can answer your questions or concerns about the Decree, as well as provide the necessary legal support for title regularization.
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