NHG Boletín Informativo-Transición Sostenible ASG
Por: Nader, Hayaux & Goebel
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NHG Boletín Informativo-Transición Sostenible ASG
Integridad de las Empresas Compromisos de Cero Emisiones Netas
Los impactos de la crisis climática se perciben en todo el mundo. Solo en el 2022, las catástrofes naturales provocadas por el cambio climático han causado daños materiales calculados en más de aproximadamente treinta mil millones de dólares y han provocado el desplazamiento de decenas de millones de personas.
La magnitud y seriedad de la crisis climática fue reconocida por la Conferencia Internacional sobre Cambio Climático, que se celebró en París en el año 2015 (COP21), donde ciento noventa y cinco naciones, entre ellas México, asumieron compromisos en contra del cambio climático bajo el tratado denominado el Acuerdo de París (el “Acuerdo de París”), un tratado internacional vinculante, cuyo objeto es coordinar la respuesta mundial para revertir los efectos del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible e integrando los esfuerzos para erradicar la pobreza.
Con base en el Acuerdo de París, agentes no estatales, en específico, empresas del sector privado y financiero, han hecho compromisos de operar con cero emisiones netas, sin que a la fecha haya estándares para verificar que se dé cumplimiento a dichos compromisos. Lo anterior contribuye al surgimiento de prácticas calificables como ecoblanqueo (greenwashing), donde las empresas, ya sea de manera intencional o no, engañan al público haciendo creer que los productos o servicios que ofrecen, o que las empresas mismas, son amigables con el medio ambiente o sostenibles, cuando en realidad no lo son[1].
Con el objetivo de desarrollar estándares para que estos compromisos se cumplan, el Secretario General de las Naciones Unidas, Antonio Guterres, constituyó el 31 de marzo de 2022, el Grupo de Expertos de Alto Nivel sobre los Compromisos de Cero Emisiones Netas de Entidades No Estatales (High Level Expert Group on the Net Zero Emissions Commitments of Non-State Entities) (el “Grupo de Expertos”).
El pasado 8 de noviembre, en la Conferencia Internacional sobre Cambio Climático de noviembre de 2022 (COP27), el Grupo de Expertos publicó el Reporte “La integridad importa: Compromisos de cero emisiones netas de empresas, entidades financieras, ciudades y regiones” (Integrity Matters: Net Zero Commitments by businesses, financial institutions, cities and regions) (el “Reporte”), con los siguientes principios y recomendaciones para que las empresas establezcan e implementen objetivos creíbles e íntegros de cero emisiones netas (las “Recomendaciones”)[2]:
Los cinco principios en los que se basan las Recomendaciones son los siguientes:
- Ambición que resulte en la reducción significativa de emisiones en el corto y mediano plazo rumbo al objetivo de cero emisiones netas para el 2050.
- Integridad probada alineando los compromisos con acciones e inversiones.
- Transparencia total compartiendo información relevante, que no afecte la competencia y que sea comparable respecto de sus planes y avances.
- Credibilidad probada mediante planes basados en la ciencia y verificados por terceros.
- Compromisos demostrables en equidad y justicia respecto de todas las acciones.
Las diez Recomendaciones son las siguientes:
Publicidad. Los compromisos de cero emisiones netas deben (i) ser públicos y difundirse, (ii) contener objetivos a corto y mediano plazo, y (iii) ser generados empleando una metodología alineada y congruente con el objetivo de limitar el calentamiento global a 1.5°C.
Cadena de valor y actividades. Los objetivos para reducir todas las emisiones de gases de efecto invernadero deben incluir a toda la cadena de valor y todas las actividades de una empresa.
Créditos de carbono. Deben reducirse las emisiones en toda la cadena de valor y limitar el uso voluntario de créditos de carbono a aquellos que sean de alta calidad e integridad probadas para reducir emisiones más allá de su cadena de valor. Asimismo, las empresas deben evitar el uso de dichos créditos para cumplir con sus obligaciones de reducción de emisiones en la ruta que hayan trazado para operar bajo criterios de cero emisiones netas.
Plan de transición. Se deben crear e implementar planes de transición para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero que incluyan, entre otros, (i) objetivos a corto, mediano y largo plazo, (ii) métodos de verificación y auditoría de terceros, (iii) referencias a trayectorias de agentes del mismo sector que hayan implementado acciones adecuadas, (iv) ajustes a los presupuestos, gastos de capital, de investigación y desarrollo e inversiones, y (v) objetivos para alinear a todas las áreas del negocio a dichos planes.
Eliminar combustibles fósiles. Se deben de implementar acciones para reducir considerablemente el consumo de combustibles fósiles y reemplazarlos por energías limpias.
Cabildeo. Las empresas deben dar a conocer la forma en la que contribuyen para conseguir su objetivo de cero emisiones netas, y alinear sus políticas y participación en organizaciones gremiales con el objetivo de reducir emisiones globales en cuando menos 50% para el 2030 y a cero emisiones netas para el 2050. Deben de cabildear para lograr el objetivo de reducir las emisiones y abstenerse de cualquier acción contraria a dicho objetivo.
Protección. Las operaciones y cadenas de suministro deben preservar los ecosistemas naturales evitando la deforestación y evitar cualquier inversión o financiamiento a empresas vinculadas con actividades de deforestación, procurando la reconversión de áreas en ecosistemas naturales.
Transparencia. Se deben publicar reportes anuales con los avances en la implementación de las Recomendaciones, publicando y revelando datos reales, accesibles y comparables sobre las acciones implementadas y por implementarse, con base en sus objetivos de cero emisiones netas.
Desarrollo económico. Los planes de transición a cero emisiones netas en países en vías de desarrollo deben contribuir al desarrollo económico de las regiones en las que operan.
Regulación. Participar proactivamente para que los gobiernos establezcan políticas y regulación que implementen estándares y criterios imparciales para cumplir con los objetivos de cero emisiones netas.
Las diez Recomendaciones son las siguientes:
- Publicidad. Los compromisos de cero emisiones netas deben (i) ser públicos y difundirse, (ii) contener objetivos a corto y mediano plazo, y (iii) ser generados empleando una metodología alineada y congruente con el objetivo de limitar el calentamiento global a 1.5°C.
- Cadena de valor y actividades. Los objetivos para reducir todas las emisiones de gases de efecto invernadero deben incluir a toda la cadena de valor y todas las actividades de una empresa.
- Créditos de carbono. Deben reducirse las emisiones en toda la cadena de valor y limitar el uso voluntario de créditos de carbono a aquellos que sean de alta calidad e integridad probadas para reducir emisiones más allá de su cadena de valor. Asimismo, las empresas deben evitar el uso de dichos créditos para cumplir con sus obligaciones de reducción de emisiones en la ruta que hayan trazado para operar bajo criterios de cero emisiones netas.
- Plan de transición. Se deben crear e implementar planes de transición para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero que incluyan, entre otros, (i) objetivos a corto, mediano y largo plazo, (ii) métodos de verificación y auditoría de terceros, (iii) referencias a trayectorias de agentes del mismo sector que hayan implementado acciones adecuadas, (iv) ajustes a los presupuestos, gastos de capital, de investigación y desarrollo e inversiones, y (v) objetivos para alinear a todas las áreas del negocio a dichos planes.
- Eliminar combustibles fósiles. Se deben de implementar acciones para reducir considerablemente el consumo de combustibles fósiles y reemplazarlos por energías limpias.
- Cabildeo. Las empresas deben dar a conocer la forma en la que contribuyen para conseguir su objetivo de cero emisiones netas, y alinear sus políticas y participación en organizaciones gremiales con el objetivo de reducir emisiones globales en cuando menos 50% para el 2030 y a cero emisiones netas para el 2050. Deben de cabildear para lograr el objetivo de reducir las emisiones y abstenerse de cualquier acción contraria a dicho objetivo.
- Protección. Las operaciones y cadenas de suministro deben preservar los ecosistemas naturales evitando la deforestación y evitar cualquier inversión o financiamiento a empresas vinculadas con actividades de deforestación, procurando la reconversión de áreas en ecosistemas naturales.
- Transparencia. Se deben publicar reportes anuales con los avances en la implementación de las Recomendaciones, publicando y revelando datos reales, accesibles y comparables sobre las acciones implementadas y por implementarse, con base en sus objetivos de cero emisiones netas.
- Desarrollo económico. Los planes de transición a cero emisiones netas en países en vías de desarrollo deben contribuir al desarrollo económico de las regiones en las que operan.
- Regulación. Participar proactivamente para que los gobiernos establezcan políticas y regulación que implementen estándares y criterios imparciales para cumplir con los objetivos de cero emisiones netas.
Impacto de las Recomendaciones en México
Como consecuencia de que las Recomendaciones están dirigidas a entidades no estatales, los miembros del consejo de administración de las sociedades tienen ahora una exacerbada responsabilidad, adicional a la que impone su deber fiduciario, de tomar inmediata y eficazmente las acciones necesarias y adecuadas para implementar las Recomendaciones.
En México, los tribunales han emitido precedentes (tesis aisladas) persuasivos (no vinculantes) que proporcionan orientación sobre lo que debe interpretarse como las obligaciones inherentes a los administradores. Los precedentes proporcionan un criterio para confirmar si los administradores han cumplido con sus deberes fiduciarios. En este sentido, la regla general es que los administradores deben de actuar conforme a las instrucciones expresas que reciban, de no existir éstas o ser insuficientes, deberán atender a asesorías y consultas adecuadas, y ante la imposibilidad de éstas, el administrador debe obrar prudentemente y con el cuidado exigible para los negocios propios. Considerando que los administradores son los representantes legales de la sociedad y que su autoridad está conferida en los estatutos, su facultad está constreñida al objeto social de la sociedad. El precedente aclara además que si los administradores incumplen con dichos criterios y por lo tanto, a sus deberes de prudencia y cuidado, y existe una relación de causalidad entre la conducta de los administradores –que puede ser de acción u omisión- y un daño o pérdida de utilidades a la sociedad, entonces los actos del administrador son ilícitos y el administrador es responsable por los daños que cause.
En virtud de estos precedentes y del desarrollo de una doctrina sobre el alcance de los deberes fiduciarios de los administradores y, en particular, de los deberes de diligencia y cuidado, se desprende que los administradores son responsables de los daños causados a la sociedad por sus acciones u omisiones; no obstante lo anterior, los administradores están exentos de responsabilidad si (i) recibieron instrucciones expresas de los accionistas, (ii) actuaron con base en un asesoramiento adecuado y después de haber realizado las consultas pertinentes sobre la forma en la que deben actuar, o (iii) actuaron con prudencia y con el máximo cuidado[3].
El Reporte contiene la opinión calificada de expertos para que los compromisos de cero emisiones netas de las empresas no se consideren ecoblanqueo, y por lo tanto, las Recomendaciones (i) constituyen las mejores prácticas que deben de seguir las empresas en sus compromisos a lograr cero emisiones netas, y (ii) establecen la forma en la que los consejeros de empresas en México deben actuar para cumplir con sus deberes de cuidado y diligencia, salvo que tengan instrucciones expresas de los accionistas en sentido contrario.
En virtud de lo anterior, los consejeros que no siguen las Recomendaciones en los compromisos de cero emisiones netas de sus empresas, como consecuencia, podrían ser responsables por los daños causados a la sociedad.
En caso de requerir más información en relación con lo anterior, comuníquese con sus contactos habituales en Nader, Hayaux & Goebel, o con cualquiera de los siguientes socios del Grupo de Trabajo para la Transición Sostenible/ASG de Nader, Hayaux & Goebel: Yves Hayaux-du-Tilly +52 (55) 6009 8484 [email protected], Héctor Arangua +52 (55) 2699 5299 [email protected] y Ana Paula Tellería +52 (55) 5100 8650 [email protected]
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[1] Para mayor referencia acerca del ecoblanqueo favor de consultar el artículo de Nader Hayaux y Goebel “Responsabilidad Empresarial por Ecoblanqueo” en la revista Ganar-Ganar: https://ganar-ganar.mx/2022/08/29/responsabilidad-empresarial-por-ecoblanqueo/
[2] Para facilitar su consulta, en el siguiente vínculo encontrará el Reporte “La integridad importa: Compromisos de cero emisiones netas de empresas, entidades financieras, ciudades y regiones” (Integrity Matters: Net Zero Commitments by businesses, financial institutions, cities and regions) del Grupo de Expertos de Alto Nivel sobre los Compromisos de Cero Emisiones Netas de Entidades No Estatales (High Level Expert Group on the Net Zero Emissions Commitments of Non-State Entities) publicado el 8 de noviembre en la COP27: https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/high-level_expert_group_n7b.pdf
[3] Para mayor referencia acerca de la responsabilidad fiduciaria de consejeros y funcionarios ante el cambio climático favor de consultar el Primer on Climate Change: Directors’ Duties and Disclosure obligations (2nd Edition, July 2022) México en: https://climate-governance.org/wp-content/uploads/2022/07/CCLI-CGI-Primer-2022.pdf
Integrity of Companies Net Zero Emission Commitments
The consequences of the climate crisis are being perceived all around the world. Only in 2022, natural catastrophes provoked by climate change have caused material damage estimated at over thirty billion dollars and have led to the displacement of tens of millions of people.
The magnitude and seriousness of the climate crisis was recognized by the United Nations Climate Change Conference, held in Paris in 2015 (COP21), where one hundred ninety-five nations, including Mexico, made commitments against climate change under the Paris Agreement (the “Paris Agreement”), a binding international treaty, aimed at coordinating the global response to reverse the effects of climate change, in the context of sustainable development and integrating efforts to eradicate poverty.
In accordance with the Paris Agreement, non-state entities, particularly private and financial companies, have made commitments to operate with net zero emissions, but as of today there are no standards in place to verify compliance with these commitments. This contributes to greenwashing, that is, marketing activities by companies, in which they intentionally or unintentionally, mislead the public into believing that the products or services they offer, or the companies themselves, are environmentally friendly or sustainable, when they are not[1].
To develop standards to meet such net zero commitments, the United Nations Secretary-General, Antonio Guterres, established on March 31, 2022, the High-Level Expert Group on the Net Zero Emissions Commitments of Non-State Entities (the “Expert Group”).
This past November 8, at the United Nations Climate Change Conference (COP27), the Expert Group released the Report “Integrity Matters: Net zero commitments by businesses, financial institutions, cities and regions” (the “Report”), with the following principles and recommendations for companies to establish and implement credible and comprehensive net zero targets (the “Recommendations”)[2]:
The five principles on which the Recommendations are based are the following:
- Ambition which delivers significant short and medium-term emissions reductions on a path to global net zero by 2050.
- Demonstrated integrity by aligning commitments with actions and investments.
- Total transparency in sharing relevant, non competitive, comparable data on plans and progress.
- Established credibility through plans based in science and third party accountability.
- Demonstrable commitment to both equity and justice in all actions.
The Ten Recommendations are the following:
- Disclosure of Net Zero Pledge. Net zero commitments must (i) be public and shall be disclosed, (ii) contain short and medium-term targets, and (iii) apply a methodology aligned and consistent with the objective of limiting global warming to 1.5°C.
- Set Net Zero Targets. The objectives to reduce all greenhouse gas emissions must include the entire value chain and all the activities of the company.
- Voluntary Credits. Emissions must be reduced throughout the entire value chain and the voluntary use of carbon credits should be limited to those that are of proven high integrity and quality to reduce emissions beyond their value chain. Companies must avoid using carbon credits to meet their emissions reduction obligations on the pathway to net zero.
- Create a Transition Plan. Transition plans to reduce greenhouse gas emissions must include, among others, (i) short, medium and long term objectives, (ii) third party verification and auditing methods, (iii) references to trajectories of other agents from the same sector that have implemented adequate actions, (iv) adjustments to budgets, capital expenditures, research and development and investments, and (v) objectives to align all areas of the business to such plans.
- Phase Out Fossil Fuels and Scale Up Renewable Energy. Implement actions required to considerably reduce the consumption of fossil fuels and replace them with clean energies.
- Align Lobbying and Advocacy. Companies must disclose how they contribute to achieve their net zero target and should align their policies and participation in trade organizations with the goal of reducing global emissions by at least 50% by 2030 and to net zero emissions by 2050. They must lobby to achieve the emissions reduction target and refrain from taking any actions contrary to that goal.
- People and Nature in the Just Transition. Operations and supply chains of Companies must preserve the natural ecosystems by avoiding deforestation and refraining from any investment in or financing to companies linked with these activities. They must also seek the reconversion of areas into natural ecosystems.
- Increase Transparency and Accountability. Publication of annual reports on the progress in the implementation of the Recommendations, disclosing actual, accessible and comparable data on actions implemented and to be implemented, based on their net zero targets.
- Invest in a Just Transitions. Net zero transition plans in developing countries must contribute to the economic development of the regions in which they operate.
- Accelerate the Road to Regulation. Proactive engagement is needed to ensure that governments establish policies and regulations that implement unbiased standards and criteria to meet net-zero targets.
Impact of the Recommendations in Mexico
As a result of the Recommendations being intended for non-state entities, the members of the board of directors of the companies now have an exacerbated responsibility, in addition to their fiduciary duty, to immediately and effectively take the necessary and appropriate actions to implement the Recommendations.
In Mexico, the courts have issued persuasive (non-binding) precedents (tesis aisladas) that provide guidance on what should be interpreted as the inherent duties of directors. The precedents provide a criterion to confirm whether directors have complied with their fiduciary duties. In this sense, the general rule is that directors must act in accordance with the express instructions they receive; if there are no instructions or they are insufficient, they must attend to adequate advice and consultations, and if there are no instructions, directors must act with prudence and with the care required for their own business. Considering that the directors are the legal representatives of the company and that their authority is vested in the bylaws, their power is limited to the corporate purpose of the company. This precedent also clarifies that if the directors fail to comply with such criteria and, therefore, with their duties of prudence and care, in addition of a causal relationship between the directors’ conduct -which may be by action or omission- and a damage or loss of profits to the company, then the acts of the director are unlawful, and the director is liable for the damages caused.
By virtue of these precedents and the development of doctrine on the scope of the fiduciary duties of directors and, in particular, of the duties of diligence and care, it follows that directors are liable for damages caused to the company by their actions or omissions; notwithstanding the foregoing, directors are exempt from liability if (i) they received express instructions from the shareholders, (ii) they acted on the basis of adequate advice and after having made the relevant consultations on the manner in which they should act, or (iii) they acted with prudence and with the utmost care[3].
The Report contains the qualified expert opinion to avoid that the net zero pledge of companies is not deemed greenwashing, and therefore, the Recommendations (i) constitute the best practices that companies must follow in their commitments to achieve net zero emissions, and (ii) establish the way in which the directors of companies in Mexico must act in order to comply with their duties of care and diligence, unless they have express instructions from shareholders to do otherwise.
In view of the foregoing, directors that do not follow the Recommendations in the net zero pledges of their companies may be liable for any damages caused to the company as a consequence thereof.
Should you require further information in connection with the foregoing, please contact your usual contacts at Nader, Hayaux & Goebel, or any of the following partners of its Working Group for a Sustainable Transition/ASG: Yves Hayaux-du-Tilly +52 (55) 6009 8484 [email protected], Héctor Arangua L. +52 (55) 2699 5299 [email protected] o Ana Paula Tellería R. +52 (55) 5100 8650 [email protected].
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[1] For further reference on greenwashing please refer to the article of Nader, Hayaux & Goebel “Corporate Responsibility for Greenwashing (Responsabilidad Empresarial por Ecoblanqueo)” published in Ganar-Ganar: https://ganar-ganar.mx/2022/08/29/responsabilidad-empresarial-por-ecoblanqueo/
[2] For ease of reference, here is a link to the full Report “Integrity Matters: Net Zero Commitments by businesses, financial institutions, cities and regions” from the High-Level Expert Group on the Net Zero Emissions Commitments of Non-State Entities, published on November 8, at the United Nations Climate Change Conference COP27: https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/high-level_expert_group_n7b.pdf
[3] For further reference on the fiduciary responsibility of directors and officers on climate change please refer to Primer on Climate Change: Directors’ Duties and Disclosure obligations (2nd Edition, July 2022) Mexico at: https://climate-governance.org/wp-content/uploads/2022/07/CCLI-CGI-Primer-2022.pdf